¿Existe un tabú en la venta de catálogos musicales?
Recientemente, Sony pagó US$1.200 millones por las canciones de Queen. Esta decisión se volvió un hito en la industria musical, y es por eso que desde Chévere Pensar En Voz Alta quisimos preguntarnos: ¿por qué los artistas deciden vender sus catálogos musicales? Para responder esta y otras dudas, conversamos con Sebastián Montaño, abogado y socio de la firma Destra Entertainment Lawyers.
¿Por qué los artistas deciden vender sus catálogos musicales?
Para el abogado Sebastián Montaño, en principio la venta de catálogos se da por un tema netamente de negocio. Encontramos dos cosas, por un lado, las grandes disqueras, corporaciones y grandes grupos inversionistas buscan mejorar su porcentaje de mercado dentro de la industria musical, ya que, a largo plazo, esos catálogos generan muy buenos ingresos.
Por el otro lado está el artista o el compositor que lo que le interesa es ese dinero más rápido para ponerlo en otras inversiones, entonces el artista puede pensar de la siguiente manera: “que me paguen lo que mi catálogo puede generar en 10, 20, 30, 40 años de una forma más inmediata y con ese dinero realmente ponerlo a rentar o ponerlo en otras inversiones o simplemente producir más música”.
Al vender el catálogo musical, ¿también se venden los derechos de imagen del artista o son temas diferentes?
Según Montaño son temas diferentes, una cosa es vender los derechos sobre un catálogo discográfico o un catálogo de composiciones y otra muy distinta es el derecho de imagen, el derecho de imagen es un derecho que tienen las personas mismas. Está protegido por el mecanismo de tutela y tiene un carácter constitucional y fundamental porque es un derecho propio de las personas, "realmente yo no vendo mi derecho de imagen", asegura Montaño.
Dentro de los contratos de venta de catálogos, normalmente hay una licencia de uso imagen para que la persona que adquiere el catálogo, el grupo inversionista o la disquera pueda explotar ese catálogo y hacer uso de la imagen, pero no es una venta del derecho de imagen es una licencia que se otorga para la ejecución de ese contrato, donde se vendió ese catálogo.
Al vender sus discografías, ¿los artistas pueden volver a interpretar en vivo su música o deben pagar derechos a los nuevos dueños?
No deben pagarles porque son derechos totalmente diferentes, en la música hay muchos derechos. Derecho de comunicación pública, derecho de reproducción, derecho de transformación. Cuando un artista se presenta en vivo realmente está haciendo uso del derecho de comunicación pública y la entidad encargada de recaudar este derecho será Sayco y Acinpro y este pago tendrá que realizarlo el empresario del evento a Sayco.
Si un artista quiere recomprar su catálogo, ¿podría hacerlo?
Si podría hacerlo y ha sucedido en el pasado, ha sucedido qué artistas han recomprado cuando eran artistas firmados por una disquera y luego se vuelven independientes, pero realmente que un artista venda su catálogo discográfico o de composiciones y luego lo recompre realmente no es muy común. Porque quienes compran ese catálogo suelen ser empresas que buscan el crecimiento de su porcentaje de mercado, entonces realmente el interés de ellos no es vender esas fracciones de mercado, sino muchas veces vender todo el catálogo que tienen ahora, eso genera más ganancia.
Entonces realmente sí se puede comprar porque siguen siendo activos dentro del libre mercado, pero no suele ser muy común.
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Sin embargo, nos quedaron nuevas preguntas durante la construcción de este artículo: ¿por qué para los artistas y disqueras es un tabú hablar de la venta de catálogos musicales?, ¿cuáles son los temas más complicados en estas transacciones?, y ¿por qué acceder a esta información no es tan fácil?
Después de la opinión de nuestro experto, intentamos comunicarnos con disqueras y artistas para que nos dieran su punto de vista sobre la venta de catálogos musicales, pero al unísono recibimos esta respuesta: “No podemos dar este tipo de declaraciones por políticas de la compañía”.