La ley que prohibirá los plásticos de un solo uso en Colombia
Después de su aprobación tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado, se espera que este proyecto sea radicado para conciliación. Esta iniciativa se suma a una tendencia internacional de reducir el uso de estos materiales por su impacto ambiental.
En nuestro país, de acuerdo a Maritza Martínez, vicepresidenta del Senado y ponente del proyecto y quién conversó con El Tiempo, en la actualidad entidades como “el Departamento Nacional de Planeación han advertido que estamos a punto de ver cómo colapsan cerca de 400 rellenos sanitarios”. Además, explica, que el resto de desechos paran en los cuerpos de agua de distintas zonas de reserva y naturaleza. “Por eso es urgente cambiar la cultura. Expedimos esta norma, pero para que funcione se debe complementar con un cambio de cultura, que se dimensione el tamaño de esta problemática”, advierte.
La iniciativa establece una lista de catorce categorías de productos plásticos que deben dejar de usarse en plazos de dos y ocho años. Así, serán prohibidos artículos como bolsas de punto de pago y aquellas en las que se entregan periódicos, revistas, publicidad, etc.; rollos de bolsas vacías; envases, empaques y bolsas para líquidos. También, platos y cubiertos desechables; mezcladores y pitillos; soportes plásticos para globos; confeti, manteles y serpentinas. Se suman a la lista envases, empaques y bolsas para alimentos; láminas para servir o empacar alimentos de consumo inmediato y domicilios; soportes plásticos de copitos de algodón; portahilos dentales de uso único; stickers para frutas; y envases y envolturas para frutas y verduras.
El proyecto propone alternativas a los plásticos de un solo uso como la utilización de productos no plásticos o plásticos biodegradables en condiciones ambientales naturales. Estos, como mínimo deberán degradarse en un 50 por ciento en un periodo de tres años y como máximo, en un 85 por ciento, en cuatro años.
Finalmente, la iniciativa establece que productos elaborados con materiales plásticos reciclados, que cuenten con una cadena de valor constituida que permita su aprovechamiento o que se encuentren sometidos a un modelo de economía circular, podrán ser utilizados.